15/12/2022
Así queda la normativa desde la entrada en vigor del Real Decreto de envases: más reutilización y menos monouso
Comprar menos de un kilo y medio de fruta y verdura envasada es cosa del pasado desde la entrada en vigor el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases aprobado a finales de 2022. El texto incluye esta y otras medidas para reducir la cantidad de residuos procedentes de envases y dirigir al sector del packaging hacia la reutilización, tal como demandan desde Europa, aunque desde la industria echamos en falta una guía que explique cómo aplicar algunas de las normas.
Estos son los puntos principales del Real Decreto:
- Objetivos de reducción del peso de los residuos de envases del 13% en 2025 y 15% en 2030.
- Que todos los envases sean reciclables y siempre que sea posible reutilizables en 2030.
- Reducción del 20% en el número de botellas de plástico de bebidas de un solo uso.
- En comercio minorista se presentarán las frutas y verduras enteras a granel. No pueden venderse lotes envasados de menos de 1,5 kg, excepto aquellas frutas y verduras que puedan deteriorarse. La AESAN y el Ministerio de Agricultura elaborarán una lista de estos productos en seis meses desde la entrada en vigor de la nueva norma.
- En eventos, tanto públicos como privados, hay que implantar alternativas a la venta y distribución de bebidas en envases y vasos de un solo uso. Los vasos reutilizables deben ajustarse a la norma EN13429.
- Objetivos de uso de envases reutilizables para bebidas en restauración:
- Agua: 30% en 2025 y 50% en 2030
- Cerveza: 80% en 2025 y 90% en 2030
- Refrescos: 60% en 2025 y 80% en 2030
- Otras: 25% en 2025 y 30% en 2030
- Objetivo de uso de envases de bebidas reutilizables en el canal doméstico: el 10% en 2030.
- La proporción de envases reutilizables comercializados en el canal doméstico respecto al total de envases deberá ser del 5% en 2030 y del 10% en 2035.
- Objetivo de uso de envases reutilizables comerciales e industriales: 20% en 2030 y 30% en 2035.
- Objetivos de reciclado y valorización (a nivel estatal y por comunidades autónomas):
- En 2025: el 65% de todos los residuos de envases (por materiales: 50% para plásticos, 25% para madera, 70% para metales ferrosos, 50% para aluminio, 70% para vidrio y 75% para papel y cartón).
- En 2030: 70% de todos los residuos de envases (por materiales: 55% para plásticos, 30% para madera, 80% para metales ferrosos, 60% para aluminio, 75% para vidrio y 85% para papel y cartón).
- Objetivos aspiracionales de contenido en material reciclado en los envases plásticos no compostables:
- El 25% para envases PET para 2025
- El 20% para envases de plástico no PET en 2025
- El 30% para envases plásticos en 2030. (Por aplicaciones: 35% en frascos, garrafas, y similares hasta 5l; 15% en botes, tarros, tarrinas, bandejas, cestas y otros; 15% en películas envasado primario, envoltorios tapas despegables y otros; 30% en películas envasado secundario o terciario; 60% paletas, cajas, bidones y contenedores de almacenamiento al por mayor).
El Real Decreto de Envases y Residuos de Envases incluye el marcado de los envases. Es obligatorio indicar el material, si es reutilizable (y el símbolo asociado al SDDR) y en los envases domésticos hay que marcar el contenedor en el que debe depositarse. En el caso de envases compostables hay que poner que no se abandonen en el entorno y la certificación según la norma EN 13432. De manera voluntaria se puede indicar también el símbolo del SCRAP y la cantidad de material reciclado que incluya. Queda prohibido utilizar términos que puedan inducir a error como “respetuoso con el medio ambiente”, para evitar su abandono en el entorno. Además, es obligatorio que los fabricantes de envases se den de alta en el registro de productores de envase (envasadores, adquiriente UE e importadores o sus representantes autorizados).
Desde ANAIP estamos a favor del desarrollo de una legislación moderna que favorezca la economía circular y la transición hacia un modelo de producción y consumo más sostenible. Para lograrlo, consideramos fundamental que las medidas de reducción de residuos procedentes de envases afecten a todos los materiales por igual y no solo a los plásticos, pues, de lo contrario, solo se conseguirá sustituir unos materiales por otros, que en muchos casos son menos sostenibles. También nos parece importante reseñar que la decisión sobre los materiales con los que fabricar cualquier producto debería basarse en el análisis completo de su ciclo de vida y en el criterio científico para no caer en medidas de greenwashing que tienen más que ver con el marketing que con la sostenibilidad real.
Por otra parte, creemos que los objetivos de uso de envases reutilizables y de reducción de envases de un solo uso deben ser realistas y alcanzables para que la industria pueda adaptarse a ellos y no se queden en papel mojado.
La implantación de las medidas del Real Decreto está generando muchas dudas tanto en el sector de los envases como en el de la distribución. Por eso nos parece importante contar con una guía interpretativa para el uso de envases reutilizables, especialmente que indique cuándo un envase que presente un consumidor está o no en condiciones para contener alimentos y que la responsabilidad de decidir si se puede utilizar no recaiga en los trabajadores de los comercios.
Normalización y certificación como respuesta
Algunas de estas dudas sobre la aplicación del Real Decreto se pueden solventar gracias a la normalización y la certificación. Desde UNE, y en concreto desde el comité técnico de normalización 53 de plásticos y caucho −cuya secretaría ostenta ANAIP− trabajamos en la elaboración de normas que sirvan para unificar criterios y determinar cuándo un producto cumple unas determinadas condiciones. Un ejemplo claro es la norma UNE 53928 de vajilla de plástico reutilizable para uso alimentario, también la norma UNE de bolsas reutilizables fabricadas con más de un 50% de reciclado o la futura norma de cajas de plástico reutilizables
Junto con la normalización, la certificación es el otro pilar fundamental de la calidad, área en la que también trabajamos desde ANAIP colaborando con AENOR en certificaciones como la de trazabilidad y contenido en material reciclado, siendo la primera entidad en España acreditada por ENAC en la norma UNE-EN 15343. En este enlace hay más información.
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